Condenaron a 5 años de cárcel a la influencer Epa Colombia ?⚖️

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Luego de 21 meses, en los que la reconocida influenciadora y empresaria Daneidy Barrera, dueña de una exitosa empresa de tratamientos capilares, luchó por el lío jurídico en el que estaba involucrada desde las protestas del 2019 en Bogotá, hoy se conoció la lectura del fallo que definiria su futuro, el cual dictó 63 meses de cárcel, por el daño en bien ajeno y perturbación en el transporte público.

Según la lectura de este fallo, por parte del Tribunal Superior de Bogotá, la joven no tendrá derecho a cumplir su condena en domicilio.

Por su parte, La Fiscalía General de la Nación confirmó dicha condena, en la que ratifica que el Tribunal Superior de Bogotá condenó a Daneidy Barrera Rojas a 63 meses y 15 días de prisión, revocando la decisión del Juzgado 2 Penal Especializado de Bogotá, y avaló el recurso presentado por la Fiscalía respecto del delito instigación a delinquir con fines terroristas.

En la decisión también se impusieron penas accesorias de inhabilitación de derechos y funciones públicas e inhabilitación para el ejercicio de influencer o Youtuber, por el mismo término de la sanción principal, al ser hallada penalmente responsable en calidad de autora del delito de daño en bien ajeno agravado en concurso con instigación a delinquir con fines terroristas y perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial.

“No se concedió la suspensión de la ejecución de la pena como sustituta de la pena privativa de la libertad y prisión domiciliaria en favor de Daneidy Barrera”, señala la comunicación emitida por la Fiscalía.

Lo último que se había definido con respecto al caso de la joven, fue un concepto del juzgado segundo penal especializado de Bogotá en marzo de 2020, donde Barrera había sido sentenciada a tres años y medio de cárcel por los crímenes enlistados. Sin embargo, por la poca monta de su pena, no le fue dictada una restricción a su libertad. En ese entonces, la Fiscalía General de la Nación presentó la apelación manifestando que, a su juicio, la mujer también incurrió en el delito de ‘instigación a delinquir’, consagrado en el artículo 348 del Código Penal.

En su momento, la togada de esa instancia dictaminó que, si bien la acusada de los hechos ameritaba se castigada con cárcel, el hacinamiento de los establecimientos penitenciarios no permitía el cumplimiento, además sumó que la señalada no presenta ningún antecedente penal. Debido a ello, Barrera logró estar lejos de la cárcel por más de un año y medio cumpliendo obligaciones para demostrar correcta conducta y de pasó logrando hacer de su negocio uno de los más exitosos en el país.

En 2020, ‘Epa Colombia’ publicó un vídeo en sus redes sociales relatando su experiencia con la investigación y el proceder de las autoridades judiciales, donde reveló que tenía prohibido salir del país y debía cumplir con requisitos de buena conducta para demostrar su arrependimiento y cambio, frente a los hechos de destrucción del sistema de transporte.

”Yo le agradezco a la juez por haberme quitado ese delito (de instigación a delinquir)“.”Eso se fue para la Corte Suprema, aún mi condena no está fija. Entonces yo puedo seguir payaseando y pajareando”, manifestó Barrera en su momento.


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@iVictorGonzalez #Farandictor