El Ministerio Público informó que Juan Carlos Araujo Durán, presidente de la empresa de espectáculos Producciones Solid Show, fue condenado a 30 años de prisión por su presunta responsabilidad en el tráfico de 450 kilos de cocaína.
En nota de prensa informaron que el hallazgo ocurrió el pasado 17 de marzo de 2015 dentro de una avioneta que aterrizó en República Dominicana proveniente del Aeropuerto Internacional Óscar Machado Zuloaga, en el estado Miranda.
Por este caso también resultaron condenados a 19 años y seis de prisión los sargentos primeros de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), Omerli Leandro Salcedo Gutiérrez y Pablo José Silva Loyo; mientras que Carolina Del Valle Pérez Barreto, Marifelix Yelitza Manzanilla Peña, Zoraimy Araujo de Torres y Luis Alejandro Hurtado Arévalo fueron condenados a 16 años y seis meses de prisión.
Autoridades dominicanas incautaron el cargamento de la avioneta y aprehendieron en flagrancia al piloto, copiloto y tres pasajeros que estaban a bordo de la aeronave.
Investigaciones coordinadas por el Ministerio Público identificaron a Juan Carlos Araujo Durán como el presunto líder y financista de la operación; además de Luis Hurtado, Marifelix Manzanilla, Carolina Pérez y Zoraimy Araujo de Torres como socios del hecho punible.
Araujo Durán fue detenido el 30 de marzo de 2015 por una comisión del Comando Nacional Antidrogas (Conas) de la GNB en las instalaciones del Aeropuerto Internacional Óscar Machado Zuloaga.
Por su parte, Salcedo y Silva fueron aprehendidos en el mismo aeropuerto una comisión del Conas pocas horas después del hecho.
Pérez, Manzanilla, Araujo de Torres y Hurtado resultaron aprehendidos el 11 de abril de 2015 por una comisión del Conas en la sede de la empresa Solid Show, ubicada en La Trinidad, municipio Baruta del estado Miranda.
Según los elementos probatorios colectados por el órgano garante de la legalidad en el país, los ahora condenados se dedicaban al tráfico de droga en grandes cantidades; para lo cual implementaban una estructura logística de amplias dimensiones y utilizaban bienes muebles e inmuebles, además de un conjunto de empresas como fachada.
Entre las empresas mencionadas destacan Producciones Solid Show y Casa Bar, con las cuales lograban una mixtura de capital entre dinero lícito de las actividades de estas empresas y el dinero ilícitamente obtenido por el tráfico de drogas.
Por su parte, se comprobó durante la investigación que Salcedo y Silva no dieron cumplimiento al plan operativo vigente; donde consta la obligación de inspeccionar de manera exhaustiva tanto el equipaje portado por los tripulantes como por los pasajeros, así como la aeronave en cuestión antes del despegue.
En el juicio, la Fiscalía 118ª del Área Metropolitana de Caracas ratificó la acusación contra Durán como coautor en el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de financista y asociación para delinquir.
De igual forma, reiteró su acusación contra Salcedo y Silva como cooperadores inmediatos en el delito de tráfico ilícito agravado de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y asociación para delinquir.
A su vez, ratificó la acusación contra Pérez, Manzanilla, Araujo de Torres y Hurtado por la comisión de legitimación de capitales y asociación para delinquir.
Ante los medios de prueba expuestos por la representación fiscal, el Tribunal 1º de Juicio de Miranda dictó la mencionadas condenas a los siete procesados.
En tal sentido, la citada instancia judicial fijó la reclusión de Araujo Durán y Hurtado en el Internado Judicial Capital Rodeo II, ubicado en Guatire.
Asimismo, Salcedo y Silva fueron recluidos en el Centro Penitenciario Metropolitano Yare. De igual forma se ordenó la reclusión de Pérez, Manzanilla, y Araujo de Torres en el Instituto Nacional de Orientación Femenina, ubicado en Los Teques.